Rosario Porto y Alfonso Basterra, los padres adoptivos de la niña Asunta, que falleció hace más de dos años en las inmediaciones de Santiago, fueron finalmente condenados a 18 años de prisión. La sección sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña, con sede en Santiago, condenó a ambos por un delito de asesinato con la agravante de parentesco.
El magistrado Jorge Cid Carballo emitió la sentencia cuando estaban a punto de cumplirse dos semanas desde que el jurado popular declarase culpables a ambos padres de la muerte de Asunta, un veredicto que llegó tras cuatro jornadas de deliberación.
Así, el jurado consideró probado, por unanimidad, que tanto Alfonso Basterra como Rosario Porto suministraron de común acuerdo y repetidamente a Asunta, durante al menos tres meses antes de su muerte, un medicamento que contenía lorazepam y que el padre fue el encargado de comprar este fármaco, al menos en tres ocasiones entre los meses de julio y septiembre de 2013.
Del mismo modo, apoyaron el hecho de que ambos, “puestos de común acuerdo para acabar con la vida de su hija”, le suministraron una cantidad tóxica de este medicamento el día 21 de septiembre de 2013 en el transcurso de una comida familiar y que, después de las 18.15 horas, Asunta fue hasta la vivienda de Montouto, en Teo, en compañía tanto de Rosario Porto como de Alfonso Basterra.
El veredicto también consideró probado que los acusados “asfixiaron a su hija Asunta” en la vivienda de Montouto en un periodo comprendido entre las 18.33 y las 20.00 horas del 21 de septiembre, aplicándole compresión sobre la boca y la nariz. Finalmente, determinó que la menor fue atada de brazos y piernas en un momento próximo a la muerte con cuerdas plásticas de color naranja y que, cuando falleció, la víctima “no pudo defenderse” porque estaba bajo los efectos del lorazepam.
La sentencia, de acuerdo con el veredicto, considera probado que ambos padres suministraron a Asunta un medicamento que contenía lorazepam, algo que pone de manifiesto el análisis del pelo de la niña. Este mismo análisis, refleja el auto, “no detecta la presencia de antihistamínicos”, a los que los padres atribuyeron los estados de somnolencia de la niña.
Cid Carballo recuerda que Alfonso Basterra reconoció en su declaración haber comprado el fármaco Orfidal —que contiene lorazepam— en varias ocasiones durante los meses anteriores al crimen y que los datos disponibles cifran en “como mínimo” 125 los comprimidos adquiridos. La “justificación” dada de que este fármaco era para Porto “contrasta con la versión de la acusada”, que “declaró que en julio sólo tomaba algún Orfidal suelto para dormir” y no lo tuvo prescrito hasta el 31 de julio.
Frente a los testimonios de diversas profesoras que presenciaron episodios de sedación en la niña durante el mes de julio, el juez está seguro de que, aunque ambos padres manifestaron que se trataba de un antihistamínico, lo que realmente le estaban suministrando a la víctima durante esos meses era lorazepam.
En la misma línea, el juez rechaza de plano la hipótesis planteada por las defensas sobre la existencia de un tercer implicado, algo que “descarta” el hecho de que Asunta “desde tres meses antes de su fallecimiento y hasta el mismo día de su muerte” hubiese consumido de forma “repetitiva” lorazepam.
“Es ilógico que un tercero durante meses haya estado drogando a la menor a la vista, ciencia y paciencia de sus padres, sin que estos hubiesen hecho nada, o que, casualmente, no hubiese tenido contacto con ella hasta el día 21”, matizó el juez Carballo.
Basterra y Porto, el mismo grado de implicación
El juez Carballo consideró probado que Alfonso Basterra fue a la casa de Montouto junto con Asunta y Rosario sobre las 18.20 horas del 21 de septiembre de 2013, concediéndole especial credibilidad a la testigo que dijo haber visto al padre con la víctima en la calle sobre esa hora. Así pues, para el magistrado, los testimonios “prueban que la coartada alegada por el acusado es falsa”.
