La Audiencia Nacional decidió absolver al cantante José Ramón Márquez, conocido como ‘Ramoncín’, y a otros tres excargos de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), al entender que no se podría considerar probado que se apropiaran de 57.402 euros del grupo entre septiembre de 2008 y marzo de 2011 y que esta salida de fondos obedeció a proyectos que no fueron “hipotéticos”, sino reales, elaborados por el músico. La Sección Segunda de la Sala de lo Penal exoneró así a ‘Ramoncín’ y al ex director general de la Sociedad Digital de Autores (SDAE) José Luis Rodríguez Neri de los delitos de falsedad documental y apropiación indebida, por los que se enfrentaban a sendas penas de cuatro años y diez meses de cárcel.
El tribunal también exculpó al exdirector de los Servicios Jurídicos de la SGAE Pablo Hernández Arroyo, para quien la Fiscalía Anticorrupción pedía dos años y nueve meses de prisión por apropiación indebida; y al ex director general de SGAE y exconsejero de la filial digital Enrique Loras, que se enfrentaba a dos años de cárcel por este mismo delito.
El tribunal consideró que la prueba “no es suficientemente concluyente ya que deja un margen de duda suficiente y razonable sobre la verdadera intención y participación en los hechos de los acusados” y que no se pueden descartar “otras posibles versiones” a la sostenida por el fiscal José Miguel Alonso, quien habló de negocios “hipotéticos” para sacar dinero de la entidad de la manera “más fácil y rápida posible”.
Sin embargo, los magistrados Ángel Hurtado, Julio de Diego y José Ricardo de Prada subrayaron que ‘Ramoncín’ entregó de forma “satisfactoria” los trabajos contratados, tanto de forma verbal como escrita, y “el hecho de que no se llevaran a efecto o materializasen no es una cuestión asumida ni imputable a aquel”.
“Los calificados como hipotéticos negocios jurídicos son proyectos reales concretos, realizados y entregados por su autor como contraprestación a cada uno de los pagos”, afirmaron.
Así lo corroboraron durante el juicio numerosos testigos que aseguraron que los proyectos ofertados por ‘Ramoncín’ eran “interesantes” pero no pudieron comprarlos por motivos económicos, señalaron los magistrados en su sentencia, donde añadieron que la SGAE pidió archivar la causa abierta por estos hechos en este sentido.
