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El juzgado condena a Ignacio Tapia a pagar 2.000 euros a Jesús Tovar

por Redacción
24 de noviembre de 2010
en Deportes
Ignacio Tapia

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El Juzgado de Primera Instancia de Instrucción número 1 de Segovia, notificó ayer a las partes la sentencia emitida por el juez José Ignacio Fontán, acerca de la demanda sobre tutela del derecho al honor que le fue presentada por Jesús Tovar, presidente de la Gimnástica Segoviana en los años 2000 a 2004, contra Ignacio Tapia, presidente de la Junta Gestora del club azulgrana en la campaña 2008/09.

El juez, en su sentencia, se aparta radicalmente del juicio paralelo que se quería realizar acerca de las cuentas de la Gimnástica Segoviana, como así lo deja patente en sus fundamentos de derecho, cuando afirma que “no es el presente proceso el cauce adecuado para establecer cuál era el auténtico estado contable de tal institución (la Gimnástica Segoviana) al tiempo del cese en la presidencia de Don Jesús I. Tovar de la Cruz”.

Entrando a analizar las declaraciones realizadas por Ignacio Tapia a distintos medios de comunicación, la sentencia valora como “expresiones claramente ultrajantes y ofensivas”, varias de las frases con las que el que fuera presidente de la Gestora azulgrana calificó al expresidente de la Segoviana. Quizá las más grave de ellas sean las que llevan la palabra “cáncer” y “grupo mafioso”, pronunciadas por Ignacio Tapia en diversos programas de radio locales.

Por ello la sentencia estima parcialmente la demanda interpuesta por Jesús Tovar, y condena a Ignacio Tapia al pago de 2.000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados, una cifra que evidentemente no satisface al demandado, pero que por otra parte está más cercana a los 6.000 euros que solicitaba el Ministerio Fiscal que a los 90.000 que pedía el demandante. Además, el juez condena al demandado “a publicar, a su costa, el fallo de esta Sentencia en todos los programas radiofónicos en que se difundieron las expresiones que se han estimado constitutivas de intromisión en el honor del demandante”, como son Onda Cero, Radio Nacional, Punto Radio y Cope, en sus respectivos espacios deportivos. Cada parte se pagará sus costas, abonando las comunes por mitad.

Ignacio Tapia señaló a esta redacción su intención de recurrir en apelación la sentencia a la instancia superior, que en este caso es la Audiencia Provincial de Segovia, para lo que cuenta con un plazo de cinco días.

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