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La mochila austriaca

por Ángel González Pieras
24 de mayo de 2020
en Tribuna
ÁNGEL GONZÁLEZ PIERAS 11
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Cuando se dice que la presión fiscal en España es 6 puntos menor que la media europea se olvida incluir en su cómputo las cotizaciones que se prestan por la empresa al sistema de la Seguridad Social, una de las más altas de Europa. Supone alrededor del 30% del salario siempre que el trabajador sea indefinido y que no se traten de horas extraordinarias. Y ello sin incluir las aportaciones a las mutuas por accidente de trabajo y enfermedad profesional.

La ministra Báñez dio nombre en el 2012 a una importante reforma que flexibilizaba la relación entre trabajador y empresa, minorando el poder decisorio de los sindicatos y ligando las retribuciones a la productividad del negocio más que a una subida automática anual. La eliminación de buena parte del sistema esclerótico anterior coincidió con una importante expansión del mercado de contratación en España. Hasta entonces, la rigidez laboral existente dificultó la caída de precios y salarios en los primeros momentos de la crisis (deflación interna), por lo que el ajuste se hizo con despidos. Pero hubo tres cuestiones que se dejaron aparcadas: las modalidades de contratación, la bajada de las cotizaciones empresariales y el diseño de un modelo novedoso en la extinción de las relaciones laborales que superara al indemnizatorio.

En un país como España, con gran influencia del sector terciario, es muy difícil prescindir de la contratación temporal. El Gobierno socialista encareció a finales del 2018 las cotizaciones en un 40% para los contratos temporales a tiempo completo de duración igual o inferior a cinco días, pero no los eliminó. Hay que reconocer que si las cotizaciones no penalizaran tanto la cuenta de explotación de la empresa y no planeara el coste del despido como una losa a la hora de determinar la naturaleza de la contratación, los resultados podrían ser muy diferentes.

A pesar de que tenía mayoría absoluta, el Gobierno de Rajoy no se atrevió a acometer en su día una reforma amplia sobre el coste del despido. Simplemente se bajaron los tipos indemnizatorios y sus límites temporales: 20 días por año trabajado para los procedentes y 33 para los improcedentes fueron los nuevos tipos. Hubiera sido la ocasión propicia para intentar otros sistemas.

Por ejemplo, el de la mochila austriaca. Según este método, el trabajador no es indemnizado por el empresario en caso de extinción de la relación laboral, sino a través de una fórmula que de manera mensual va incorporando un tanto por ciento de su salario a una “mochila” personal de la que hace uso cuando es despedido, y si esto no sucede se acumulan las aportaciones para complementar su pensión una vez llegada la jubilación. Y mientras tanto, el capital relicto es invertido como si fuera un fondo de pensiones para obtener rendimiento. Al incentivo de mantener el puesto de trabajo se le une el saber que el empresario puede en cualquier momento interrumpir la relación laboral porque no se verá abocado a atender el coste del despido. Por lo que inevitablemente se desemboca en una mayor productividad del factor humano. En el 2014, el Observatorio Económico del BBVA presentaba su propuesta de “indemnización indefinida” y fijaba la “cotización” mensual a la mochila en un 2,19%, cuya aportación sería responsabilidad del empresario y se compensaría con la bajada de tipos en otros conceptos. Claro está que nada se decía sobre la repercusión que ello tendría en el sueldo del trabajador, al fin y al cabo lo que el empresario calibra es el conjunto de costes laborales, pero no hay duda de la mejora en la productividad que produciría y de su incidencia en el mercado de la contratación al difuminarse la diferencia de los costes por extinción del trabajador temporal y del indefinido.

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