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El plazo de admisión de nuevos alumnos será del 18 al 26 de mayo

por Redacción
11 de mayo de 2020
en Segovia
La consejera de Educación de la Junta, Rocío Lucas.

La consejera de Educación de la Junta, Rocío Lucas.

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La consejera de Educación de la Junta, Rocio Lucas, anunció los plazos de admisión para nuevos alumnos en los centros regionales y que se desarrollarán entre el 18 y 26 de mayo. En el caso de las escuelas infantiles de la Junta, el periodo tendrá lugar entre el 14 y 20 de mayo.

En el caso de la provincia de Segovia, la Junta oferta un total de plazas educativas de 7.364 para el curso 2020-2021. Repartidas por etapas, 2.235 pertenecen a Infantil, 2.500 a Primaria, 1.635 para Secundaria y 994 a Bachillerato.

La consejera indicó que todos los trámites deberán desarrollarse de forma telemática para lo que se ha establecido un sistema “al alcance de cualquier familia”. La solicitud tendrá que realizarse en las webs tramitacastillayleon.jcyl.es y educa.jcyl.es, y que se completará con un servicio de asesoramiento telefónico, en los teléfonos 983 70 95 06 y 900 10 11 05, que estará operativo de 9 a 19.30 horas de lunes a viernes.

En el caso de las guarderías, los padres deberán cumplimentar un formulario que se encuentra en el portal de Educación y enviarlo al correo admision.escuelasinfantiles@jcyl.es
Para “casos extremos” , afirmó que se podrá solicitar la admisión de alumnos de manera presencial, pero dejó claro que las familias deberán acreditar su situación con una declaración responsable y podrán presentar su solicitud en algunos de los quince registros de las oficinas y puntos de información de la Junta.

Las familias deberán aportar el libro de familia o la certificación del Registro Civil digitalizado y en el caso de los extranjeros comunitarios, podrán presentar el certificado original de registro de ciudadano de la Unión Europea, expedido por la comisaría provincial que corresponda. Los no comunitarios deben acreditar la filiación con documentos traducidos al castellano.

Asimismo, se deberán presentar los documentos que acrediten circunstancias puntuables que no puedan ser verificadas por la Junta como familias numerosas, situaciones de acogimiento o discapacidad así como la documentación relativa a la proximidad al lugar de trabajo, resoluciones judiciales, expediente académico o criterio complementario, según sea el caso.

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