El Adelantado de Segovia
lunes, 22 junio 2026
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos
El Adelantado de Segovia

Las cámaras descubren a dos menores subidos al Acueducto

por S.G.H
9 de marzo de 2020
Esta imagen, de 2018, recoge el momento en el que un niño se sube a los sillares de un arco del Acueducto. / Kamarero

Esta imagen, de 2018, recoge el momento en el que un niño se sube a los sillares de un arco del Acueducto. / Kamarero

Compartir en FacebookCompartir en XCompartir en WhatsApp

El Pleno aprueba la ordenanza para la regulación de las visitas guiadas de Segovia

Aprobadas 51 inversiones en centros educativos, instalaciones, abastecimiento y mejora de calles con diez millones

El paquete de inversiones de diez millones engloba intervenciones en barrios, centros educativos, instalaciones deportivas y el vial interpolígonos

Hace poco más de un mes que se instalaron nueve cámaras y cuatro radioenlaces para controlar y sancionar las infracciones de tráfico en el entorno del Acueducto y este sistema de videovigilancia ya ha permitido la identificación de dos menores que se subieron a los sillares del monumento el sábado por la tarde. Ambos han sido denunciados al amparo de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Fuentes de la Policía Local han informado de la tramitación de dos denuncias por estos hechos que están recogidos en el artículo 37, apartado 14, de la citada Ley de 2015, también conocida como Ley Mordaza. En concreto, la disposición establece que “el escalamiento de edificios o monumentos sin autorización cuando exista un riesgo cierto de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes” puede ser sancionado como una infracción leve, con multas que van de los 100 a los 600 euros.

El artículo 42 de la Ley indica que si las conductas sancionadas hubieran ocasionado daños o perjuicios a la administración pública, la resolución del procedimiento contendrá un pronunciamiento expreso acerca de la exigencia al infractor de la reposición al estado anterior a la infracción y, cuando no sea posible, al pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados.

Además, cuando el autor de los hechos cometidos es menor de 18 años no emancipado o una persona con la capacidad modificada judicialmente, responden, solidariamente con él, de los daños y perjuicios ocasionados sus padres, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, según proceda.

El sistema de videovigilancia municipal se instaló el viernes 17 de enero y la zona vigilada comprende principalmente el área occidental del Acueducto, de la plaza de Día Sanz al Azoguejo y de este punto al postigo del Consuelo.

Las cámaras graban todo lo que sucede en el área de alcance y la Policía Local accede en tiempo real a las imágenes desde el 11 de febrero a través de un sistema mixto de radioenlaces y ADSL. El radioenlace facilita la interconexión entre los terminales de telecomunicaciones a través de ondas electromagnéticas.

Aunque la instalación del sistema se ampara legalmente en la vigilancia del tránsito de vehículos bajo los arcos del monumento, desde el primer momento se ha admitido que, obviamente, las grabaciones registran cualquier otra posible actuación o comportamiento inapropiado que pueda dañar al Acueducto.

Este ha sido el caso, ya que la actuación de los menores que escalaron al monumento fue descubierta por policías municipales a las 15,30 del pasado día 8. Posteriormente se comprobó que estaban acompañados por su madre, como tutora legal, y se procedió a cursar las denuncias.

Ordenanza

Como se recordará, el gobierno municipal lleva más de tres años tramitando una Ordenanza de protección del entorno del Acueducto que, en un primer momento, preveía sanciones de hasta 3.000 euros por los posibles daños causados al monumento debido a comportamiento incívicos e irrespetuosos con un patrimonio cultural que además está reconocido por la UNESCO como Patrimonio de la Humanidad.

El 30 de septiembre de 2017 concluyó el periodo de consulta pública que abrió el entonces equipo de gobierno monocolor socialista para que los ciudadanos pudieran participar en el proceso de elaboración de esta ordenanza.

Su puesta en vigor, sin embargo, se ha ido retrasando por diferentes motivos, el principal la coordinación con otras ordenanzas municipales, y finalmente el pasado enero los responsables municipales anunciaron que iba a replantearse el documento entre otras razones para contar con un procedimiento administrativo sancionador único para toda la normativa reguladora del Ayuntamiento de Segovia.

Compartir en Facebook122Compartir en X76Compartir en WhatsApp
El Adelantado de Segovia

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

  • Publicidad
  • Política de cookies
  • Política de privacidad
  • KIOSKOyMÁS
  • Transparencia
  • Términos y condiciones

¡Gracias!

Para ofrecer las mejores experiencias, nosotros y nuestros socios utilizamos tecnologías como cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. La aceptación de estas tecnologías nos permitirá a nosotros y a nuestros socios procesar datos personales como el comportamiento de navegación o identificaciones únicas (IDs) en este sitio y mostrar anuncios (no-) personalizados. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Haz clic a continuación para aceptar lo anterior o realizar elecciones más detalladas. Tus elecciones se aplicarán solo en este sitio. Puedes cambiar tus ajustes en cualquier momento, incluso retirar tu consentimiento, utilizando los botones de la Política de cookies o haciendo clic en el icono de Privacidad situado en la parte inferior de la pantalla.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Estadísticas

Marketing

Características
Siempre activo

Siempre activo
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Administrar opciones
  • {title}
  • {title}
  • {title}
No Result
View All Result
  • Segovia
  • Provincia de Segovia
  • Deportes
  • Castilla y León
  • Suplementos

Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda