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Una propuesta seria y eficaz

por Redacción
14 de octubre de 2015
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El juicio contra J.M.C.M., acusado de dos delitos de proposición de asesinar y un delito de amenazas por intentar contratar a una persona para que acabara con la vida de su expareja, quedó ayer visto para sentencia una vez finalizada la vista oral en la que la fiscalía y la acusación particular modificaron sus conclusiones provisionales para incluir un nuevo delito de amenazas en la figura del actual compañero sentimental de su expareja, elevando así la condena global solicitada hasta los 18 años, mientras que la defensa insistió en solicitar la libre absolución al considerar que no ha quedado suficientemente acreditado su participación en los delitos, y señalar que las amenazas que derivaron en el inicio de la causa fueron producto de un «calentón» cuyo origen fue una discusión por un problema de dinero con su hermana.

La sesión continuó ayer tras su aplazamiento el pasado 29 de septiembre, motivado por la ausencia de algunos testigos considerados importantes por la fiscalía para aclarar el caso. Así, el juicio pudo reanudarse con la presencia de sólo uno de los tres testigos citados, ya que los dos restantes no pudieron ser localizados a tiempo por las fuerzas de seguridad. Así, las partes aceptaron el testimonio de los testigos ausentes realizado en la fase previa de instrucción, por lo que la vista oral pudo continuar.

En la presentación final de las conclusiones, la fiscal recordó que la jurisprudencia precisa que el delito de proposición para delinquir es «un acto preparatorio» en el que existe impunidad para el acusado, pero que el legislador considera que merece una respuesta penal acorde con las características del delito. Así, indicó que la fase de instrucción ha dejado claro que el acusado había elaborado “una propuesta seria y eficaz” para matar a su expareja, que acarreaba la contratación de una tercera persona para llevar a cabo el delito, que intentó captar durante su estancia en prisión por incumplir una orden de alejamiento hacia la víctima y por un delito de amenazas.

El Ministerio Público sostuvo que aunque el acusado siempre ha negado su participación en los hechos, existen pruebas como el ingreso de cantidades económicas en cuentas de compañeros suyos de prisión, así como mensajes telefónicos y de whatsapp enviados a su hermana en el que reiteraba la intención de matar a su expareja. Además, señaló que los antecedentes por delitos de violencia motivaron la “lógica sospecha” de su expareja de que pudiera llevar a cabo las amenazas de muerte que le transmitió la hermana del acusado.

En cuanto a los informes forenses en los que se aduce la posibilidad de un trastorno mental provocado por un accidente laboral que le ocasionó un grave traumatismo craneal previo a las amenazas, la fiscal señaló que los informes de los facultativos precisan que las lesiones “no han mermado su capacidad volitiva, por lo que el acusado era capaz de distinguir la realidad y trazar un plan premeditado para cumplir con su amenaza”.

La acusación particular se sumó a las conclusiones de la fiscalía, y pidió a la sala que la condena añadiera una orden de alejamiento en relación a los perjudicados de 12 años, con el fin de garantizar la “tranquilidad” de la actual familia de la expareja del acusado.

El abogado defensor del acusado rebatió todas las acusaciones de fiscalía y acusación particular, y aseguró que la causa se sustenta “en uan conversación que la denunciante no escuchó y que le contó a su vez la hermana del acusado, que a su vez tampoco habló directamente con él, sino con su otra hermana”. Además, señaló que la conversación debe situarse en un contexto “de una fuerte discusión entre hermanos por un problema de dinero, y las amenazas se produjeron fruto de un calentón”.

En cuanto a las transferencias de dinero, el letrado de la defensa manifestó que no tienen relación con el delito, ya que si se hubiera demostrado de forma fehaciente “los perceptores del dinero tendrían que haberse sentado en el banquillo como cómplices”. Además, señaló que este tipo de operaciones son muy frecuentes en el ámbito penitenciario, fruto de la relación de amistad y compañerismo entre los reclusos.

También desmontó las declaraciones realizadas en el juicio por algunos de los compañeros de prisión del acusado, y señaló que algunos de ellos llegaron a calificar de “payasadas” sus manifestaciones, sin otorgarlas mayor credibilidad.

Así, señaló que no se puede acreditar que haya ningún acto preparatorio para la comisión del presunto delito, ya que ninguna de las pruebas ha demostrado que tuvieran esa finalidad, y criticó la “desproporción” de las penas solicitadas asegurando que no existe jurisprudencia que pueda inducir a pedir penas de prisión tan elevadas como las que reclama la Fiscalía.

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