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La JEC advierte a Celaá por electoralismo en el Consejo de Ministros

por EUROPA PRESS
2 de octubre de 2019
en Nacional
La ministra y portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, en una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. / EFE

La ministra y portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, en una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. / EFE

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La Junta Electoral Central (JEC) ha estimado parcialmente la denuncia de Ciudadanos contra las “valoraciones políticas” manifestadas por la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, en el Consejo de Ministros del pasado 27 de septiembre porque “vulneraron” el artículo 50.2 de la Ley Electoral.

La JEC considera que procede instar a la ministra a que “en lo sucesivo maximice su deber de cuidado para no efectuar valoraciones políticas con connotaciones electoralistas que puedan quebrantar la estricta neutralidad que han de mantener los poderes públicos a lo largo de todo el proceso electoral”.

Sin embargo, para la Junta Electoral “no procede la adopción de medidas sancionadoras adicionales”, por lo que desestima la petición de Cs de abrir un expediente sancionador por la frase de la ministra de que “el PSOE sale a ganar las elecciones”, entre “otras afirmaciones electoralistas”, que reprochan en su denuncia.

En el acuerdo alcanzado ayer por la JEC, se destaca esa frase como una de las que “contenían elementos valorativos con claras connotaciones electoralistas”, junto con otras, entre ellas una referida a la irrupción del líder de Más País, Íñigo Errejón, en la escena política.

También otras que hablan del proyecto socialista o una en la que Celaá dijo: “Ese es el gobierno que queremos y no nos vamos a desviar de eso y tenemos muchísimas respuestas que ofertar a la ciudadanía en su conjunto (…) nosotros vamos a lo nuestro”.

Neutralidad

La resolución, que es firme en vía administrativa, pero contra la que cabe un recurso contencioso-administrativo, explica que el hecho de que las ruedas de prensa tras el Consejo de Ministros sean una práctica institucionalizada “no exime a los poderes públicos de respetar el principio de neutralidad”.

Para la JEC, la comparecencia ante los medios de comunicación “no fue un acontecimiento casual” y, al contrario de lo que afirma el escrito de alegaciones remitido por la Presidencia del Gobierno, es un acto organizado por un poder público “susceptible de vulnerar” el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg).

Este artículo establece que en período electoral queda prohibido cualquier acto organizado o financiado por los poderes públicos “que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

Por lo tanto, la ministra “debió evitar hacer las referidas afirmaciones por su evidente cariz electoralista” porque los altos cargos de la administración “no pueden aprovechar la difusión de información de interés público para emitir juicios de valor u opiniones con connotaciones electoralistas”.

La Junta Electoral puntualiza que la ministra hizo sus afirmaciones “en el marco de las preguntas y requerimientos de la prensa” por el interés de algún medio de comunicación en conocer aspectos de la estrategia electoral del PSOE.

Así, ve “razonable” deducir que fueron manifestaciones “espontáneas” y con un grado de intencionalidad “mínimo”. Por eso, concluye que “la falta de la diligencia” en que incurrió la ministra “no es susceptible de incoar el expediente sancionador que solicita la formación política”.

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