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La UE rechaza las medidas que pidió Puigdemont para ser eurodiputado

por EUROPA PRESS
1 de julio de 2019
en Nacional
El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, ofrece una conferencia de prensa en Suiza. / efe

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El Tribunal General de la UE desestimó la petición del expresidente catalán Carles Puigdemont y el exconsejero Toni Comín de acordar medidas provisionales para que se les reconozca como eurodiputados y puedan tomar posesión de su escaño en la Eurocámara este martes, según informó la Corte europea. El auto del presidente del Tribunal General podrá recurrirse en casación, exclusivamente por motivos de Derecho, ante el vicepresidente del Tribunal de Justicia de la UE en un plazo de dos meses y 10 días. Además, el auto que desestimó las medidas provisionales no prejuzgó la decisión sobre el fondo del asunto, sobre el cual el Tribunal emitirá sentencia posteriormente.

El auto gira en torno al hecho de que Puigdemont y Comín no fueron declarados oficialmente diputados electos, al no cumplir el trámite de acatar presencialmente la Constitución en la Junta Electoral Central. La semana pasada, los dos eurodiputados electos de JxCAT se quejaron al presidente saliente de la Eurocámara, el conservador italiano Antonio Tajani, de que no se les permitiera recoger el acta para ocupar su escaño.

La lista remitida

Tajani, por su parte, respondió a los líderes independentistas que no puede tratarles como eurodiputados electos porque su nombre no figura en la lista remitida a la institución comunitaria por las autoridades españolas.

El pasado viernes, Puigdemont y Comín presentaron ante el Tribunal General de la UE un recurso contra esta decisión de Tajani y lo acompañaron de una petición de medidas provisionales para que, hasta que se decida sobre el fondo del recurso, se obligase al Parlamento Europeo a tomar todas las medidas necesarias para que los dos pudieran tomar posesión de sus escaños.

Para verificar las credenciales de los eurodiputados, el Parlamento Europeo tomó nota de los resultados proclamados oficialmente por cada Estado. Puigdemont y Comín alegaron ante el Tribunal que esa proclamación oficial fue la que se hizo el 13 de junio, y no la del día 17, que era la que incluía la lista de electos que habían acatado la Constitución española de manera presencial.

Sin embargo, el presidente del Tribunal consideró que la proclamación del día 13 fue “un trámite importante y necesario” pero “una etapa intermedia”.

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