“En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante Ley de Contratos del Sector Público o LCSP), la celebración del presente contrato proyectado, se justifica en la necesidad de proporcionar a los vecinos de la localidad el funcionamiento de las instalaciones del Bar anejo a la piscina municipal”, comienza el pliego de cláusulas administrativas que han de regir la contratación de la gestión del servicio público de explotación del bar anejo a la piscina municipal.
El objeto del contrato es la gestión del servicio público de “Explotación del bar anejo de la piscina municipal” en La Losa, ubicado junto a la piscina municipal, reservándose la titularidad del servicio público la Administración contratante y encomendando su gestión a particular, a su riesgo y ventura. Las instalaciones comprenden el bar con terraza cerrada, la cocina, el merendero cubierto exterior, los baños y pasillo de acceso al bar, y dos cuartos adyacentes como almacén, que podrán ser utilizadas por el adjudicatario como elementos fundamentales del objeto del contrato. Se entrega exclusivamente con el mobiliario y enseres, que no se renovarán por el Ayuntamiento al término de su vida útil o por deterioro.
Dadas las mejoras realizadas por el Ayuntamiento en la cocina y bar a explotar, así como las amplias instalaciones para comensales, el servicio de piscina en verano, las actividades polideportivas (fútbol y tenis) anexas, así como las instalaciones educativas del conjunto del recinto (colegio de primaria dirección de C.R.A. y guardería municipal) se establece la obligación del adjudicatario de abonar al Ayuntamiento un canon de concesión del contrato de 380 euros mensuales más IVA hoy al 21%, por importe de 79,80 euros, con un total de 459,80 euros, si bien, los licitadores podrán formular las ofertas económicas mejorando el tipo establecido al alza.
El precio se revisará anualmente aplicando el IPC anual (en caso de prórroga del contrato) y se abonará dentro de los primeros siete días de cada mes en la cuenta corriente del Ayuntamiento.
