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Confirmada la condena de cárcel a un varón por matar a su pareja

por EUROPA PRESS
8 de marzo de 2019
en Nacional
El Tribunal Supremo le condena, además, a pagar 345.000 euros a los padres y a las cuatro hijas de la víctima.

El Tribunal Supremo le condena, además, a pagar 345.000 euros a los padres y a las cuatro hijas de la víctima. / efe El TS concluye que el Grado de la URJC para mandos policiales no equivale a la licenciatura requerida para ascender (Foto de ARCHIVO) 18/12/2018

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La Sala Segunda del Tribunal Supremo confirmó la condena a 17 años y 6 meses de prisión para un hombre que mató a una mujer por no querer continuar la relación extramatrimonial que mantenía con él y haber iniciado una nueva con otra persona.

De esta forma, desestimó el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que le impuso la pena por un delito de asesinato con la circunstancia agravante de parentesco. Además, condenó a pagar 345.000 euros a los padres y a las cuatro hijas de la víctima.

Los hechos ocurrieron en Vitoria el día 1 de noviembre de 2014 cuando, entre las 4.20 y las 5.30 horas, atacó “de forma inesperada y sorpresiva” a la víctima, que no pudo defenderse, con un arma blanca de, al menos, 23 milímetros, que le causó una herida profunda en la mejilla derecha.

Según los hechos probados, el condenado le golpeó en la cabeza sobre una superficie dura o con un elemento contundente, lo que le causó un traumatismo craneofacial que le ocasionó un daño cerebral traumático.

El condenado, que estaba casado con otra mujer cuando ocurrieron los hechos, había mantenido una relación sentimental en el pasado con la víctima, con la que tuvo una hija. Años después, inició otra extramatrimonial con ella hasta mediados de 2014. La víctima había cambiado la cerradura de la puerta de acceso a su domicilio pocos días antes de su fallecimiento, pero el encausado se hizo con las llaves de la nueva cerradura.

pánico y temor

El Tribunal Supremo destaca en su sentencia “la situación de pánico y temor de la víctima”, que ya había iniciado una nueva relación con otro hombre, “sentía”. Se trata, según la sala, de un escenario “que se repite con frecuencia en la actualidad, y que termina de forma semejante a los hechos probados, cuando la víctima decide romper su relación anterior con persona que fue su pareja, e iniciar una nueva vida con otra persona”.

Según explica, este hecho “no es aceptado por el primero y éste acaba con la vida de la mujer, que toma la decisión de iniciar una nueva etapa en su vida y que no es aceptado por el autor del crimen”. Todo ello, según afirma, “abrigando un sentimiento de propiedad que se describe en la mente del autor perpetrando el crimen de forma inesperada para la víctima que no puede prever esa respuesta tan drástica y violenta de acabar con su vida”.

La resolución, de la que fue ponente el magistrado Vicente Magro, indica que “este escenario se encuentra agravado en este caso por la irrupción sorpresiva en el inmueble de la víctima”, que se hizo con una llave del inmueble y accedió al mismo a altas horas de la madrugada “con el claro objetivo de acabar con su vida, como así ocurrió, si la víctima ya había iniciado una relación con otra persona y no quería continuar con el autor del crimen”.

derecho de propiedad

La sentencia explica que “el contexto de la relación extramatrimonial que mantenían víctima y autor del hecho, y el deseo de la víctima de iniciar una nueva vida rechazado por el autor”, evidencian “la articulación del derecho de propiedad o posesión de los autores de este tipo de crímenes que se niegan a que su expareja, en este caso incluso en un contexto extramatrimonial, opte por una nueva relación, abandonando la que mantenía con quien tiene ese sentimiento apropiativo hacia la mujer con la que mantenía una relación”.

El TS agrega que “cuando la víctima quiere recuperar su voluntad de decidir se produce una elevación del riesgo, ante el deseo del autor del crimen de que tal ruptura no se produzca”. A su juicio, esta es la “manifestación expresa y manifiesta del sentimiento de derecho de propiedad o posesión que exterioriza claramente el agresor ante sus víctimas, sean cometiendo delitos de lesiones, o como en este caso acabando con su vida, al no aceptar el autor del crimen la ruptura de la relación”.

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