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Apartan a una menor de su madre por su pasividad frente a los abusos

por EUROPA PRESS
9 de diciembre de 2018
La madre de la víctima responsabiliza de los abusos al padre biológico y a un hermano de la menor.

La madre de la víctima responsabiliza de los abusos al padre biológico y a un hermano de la menor. / EFE

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La Audiencia de Granada ha confirmado la decisión de un Juzgado de Primera Instancia de apartar a una menor de seis años de su madre ante los informes emitidos por el Servicio de Protección de Menores.

Dicho trabajo del servicio determina que la niña ha sido víctima de una “permanente situación de abandono”, no sólo en materia de nutrición, higiene y escolaridad, sino también por “la absoluta pasividad” que siempre ha mostrado la progenitora cuando la pequeña ha estado expuesta a agresiones y supuestos abusos sexuales en el ámbito familiar.

En una sentencia, la Sección Quinta de la Audiencia recrimina a la madre que, tras los informes que certifican estas “graves deficiencias asistenciales”, pretenda desvirtuar la decisión del juzgado.

La excusa de la madre acusada es que pretende actuar simplemente “invocando el derecho de los padres a relacionarse con los hijos” y manifestando su voluntad de hacerse cargo de la niña “de forma responsable”.

Evolución favorable

“No basta con poner de manifiesto una declaración de intenciones”, advierte la Sala a esta madre. Una mujer que “toleró” los episodios de violencia contra su hija y que ahora ha recurrido la decisión del juzgado de ratificar la situación de desamparo y de acogimiento familiar preadoptivo en el que se encuentra la pequeña.

En este sentido, la madre alega que ella no participó en estas agresiones y hace responsables de los supuestos abusos sexuales que se investigan en la vía de lo penal tanto al padre biológico como a un hermano de la menor.

De su parte, la Audiencia granadina censura que la progenitora no lo “atajara” dados los antecedentes familiares que reflejan distintos informes y le recrimina su “más absoluta pasividad” a la hora de salvaguardar la integridad personal y moral de su hija.

La Audiencia agrega que, de acuerdo a la documentación que consta en las actuaciones, eran “frecuentes” por su parte los “episodios de abandono” de la niña en la figura de su padre, “para retomar el contacto tan solo cuando la compañía de éste se tornaba imposible”.

Además, considera que tampoco ha colaborado con la administración pública en las acciones que se han intentado.

En contraposición, la menor está teniendo una evolución “favorable y satisfactoria” en compañía de la familia de acogida. Por este motivo, la Sala desestima el recurso presentado por la madre biológica y confirma la decisión de apartarla tanto de ella como del padre para garantizar la protección y los intereses de la pequeña.

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