El Ministerio de Fomento ha resuelto sancionar, conjunta y solidariamente, a la concesionaria de las autopistas AP-6, AP-51 y AP-61, que están gestionadas por Castellana de Autopistas e Iberpistas, con la multa de 15.000 euros, en base a los daños y perjuicios producidos tras las nevadas del pasado 5 y 6 de enero pasado.
Según informó el Ministerio de Fomento, se trata de la máxima sanción prevista en la Ley, y en concreto por infracción grave del artículo 41.3 l) de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y demás normativa de aplicación. “La sanción impuesta es la máxima posible conforme a la legislación aplicable al momento de producirse los hechos”, asegura Fomento.
Los hechos que constituyen el objeto de la sanción son la negligencia de las sociedades concesionarias, Castellana de Autopistas Sace e Iberpistas S.A.; Sociedad Concesionaria del Estado, en la prestación de servicios a los usuarios, con consecuencias graves para la circulación, debido a la insuficiencia de los medios necesarios para asegurar la circulación de los vehículos, la inadecuada gestión de las restricciones del tráfico y de la transmisión de la información a los usuarios, durante los días 5 a 8 de enero de 2018, en las autopistas AP-6, AP-51 y AP-61.
Como se recordará ese fin de semana se produjo un caos y atasco de vehículos en dichas vías que obligó a intervenir a Protección Civil, Guardia Civil y a la UME para desbloquear las carreteras.
Por otro lado, conviene destacar que recientemente el Consejo de Ministros en su reunión de 8 de noviembre ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2018, sobre medidas urgentes en materia de carreteras introduce en nuestro ordenamiento jurídico, una nueva infracción muy grave para sancionar a las sociedades concesionarias cuando ocasionen un perjuicio significativo a los usuarios tipificando cuándo dicho perjuicio supone una infracción muy grave frente a una grave.
