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Estrasburgo falla que el juicio contra Otegi por terrorismo fue parcial

por EUROPA PRESS
6 de noviembre de 2018
en Nacional
El coordinador general de la fuerza vasca EH Bildu, Arnaldo Otegi.

El coordinador general de la fuerza vasca EH Bildu, Arnaldo Otegi. / Efe

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sentenció que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi en el juicio del caso Bateragune —por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna—, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y sigue cumpliendo una condena en firme a 10 años de inhabilitación. No le indemniza, pero le recuerda que puede pedir en España la revisión de aquella sentencia.

La sentencia, dada a conocer ayer, declara que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos —derecho a un procedimiento judicial imparcial— sobre Otegi, Jacinto García, Rafael Díez Usabiaga, Miren Zabaleta Tellería y Arkaitz Rodríguez Torres, todos condenados en aquel procedimiento. El fallo fue unánime de todos los miembros del tribunal, entre los que estaba la española María Elósegui.

Por el ‘caso Bateragune’ Otegi cumplió seis años de prisión y está inhabilitado para ejercer cargo público hasta 2021. El tribunal de Estrasburgo apunta en su sentencia que cuando haya habido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, “la forma más adecuada de reparación sería, en principio, un nuevo juicio o la reapertura del caso, a petición de la persona interesada”.

Fuentes jurídicas informaron a los medios de que Otegi y el resto de demandantes pueden, con esta sentencia de Estrasburgo, presentar recurso de revisión ante el Supremo, que es el tribunal que les condenó en firme por intentar reconstruir Batasuna. Este recurso, regulado tras otra sentencia del TEDH contra España, la que anuló la conocida como ‘doctrina Parot’, podría afectar a la inhabilitación que impide a Otegi presentarse a las elecciones hasta 2021.

Contaminación

La demanda ante el TEDH, instada por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, presidenta del tribunal que le condenó por el ‘caso Bateragune’, vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.

En concreto, alegaba que durante un procedimiento anterior por el homenaje al cabecilla de ETA ‘Argala’, Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta”. En aquel juicio, Otegi fue condenado a dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo, pero después el Tribunal Supremo atendió su recurso dándole la razón en el cuestionamiento de la imparcialidad de la magistrada Murillo.

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