El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz consideró al Partido Popular (PP) responsable civil subsidiario por las donaciones que recibió en 2008 y el pago en negro de las obras de su sede a la empresa Unifica, según consta en un auto en el que propuso juzgar a seis personas por la ‘caja B’ de la formación, entre ellas a los extesoreros del Partido Popular Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta.
El juez de la Audiencia Nacional Pablo consideró acreditado que la ‘caja B’ que los extesoreros del Partido Popular (PP) manejaron entre los años 1990 y 2008 se destinó, entre otros fines, al “pago de retribuciones, complementos de sueldo o compensaciones a personas vinculadas con el partido”, afirmó. En el auto en el que cierra la investigación sobre la contabilidad B de los ‘populares’, el magistrado señaló que, aprovechándose de “la opacidad del sistema de contabilidad dual o paralelo investigado”.
El magistrado consideró que la formación presidida por Mariano Rajoy debe afrontar en un eventual juicio la responsabilidad civil subsidiaria correspondiente a los delitos contra la Hacienda Pública presuntamente cometidos.
Además, el juez atribuyó un delito de apropiación indebida a Lapuerta y Bárcenas por “incorporar al patrimonio del primero determinados fondos de la formación política que fueron empleados para la suscripción de acciones en la ampliación de capital de Libertad Digital”, y otro de falsedad documental a los responsables de Unifica, que también es responsable civil de la actuación de sus trabajadores.
A pesar de ello, aunque el artículo 4.2 del Código Penal permite a un juez proponer al Gobierno la sanción penal de una conducta no tipificada como delito que entienda que debe ser sancionada, Ruz consideró “improcedente” esta vía al considerar que el Proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal, actualmente en trámite parlamentario, incluirá los delitos de financiación ilegal de los partidos políticos.
Descartado el delito de financiación ilegal, el juez señaló que las donaciones recibidas por Bárcenas y Lapuerta y su salida para el pago de las obras de reforma de Génova constituirían un delito continuado de falsedad contable y delitos electorales, que habrían prescrito, así como un delito contra la Hacienda Pública tanto por los responsables de Unifica (por el Impuesto de Sociedades de 2007 y del IVA de 2010) como por el PP por las donaciones recibidas en 2008, último recogido en la contabilidad de Bárcenas que no habría prescrito.
El juez apuntó que en el “plano indiciario” el PP sería “responsable” de un delito contra la Hacienda Pública por “no haber presentado la declaración por el Impuesto de Sociedades correspondiente al ejercicio de 2008”, al entender que esas donaciones, que superaban el millón de euros, «no cumplían con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materiales, establecidos en la normativa vigente reguladora de la financiación de los Partidos Políticos”, apuntó.
Asimismo, el juez de la Audiencia Nacional se inhibió a favor de los Juzgados de Toledo para que investiguen la posible comisión de un delito de prevaricación administrativa en la concesión y ejecución en 2007 de un contrato de basuras a la empresa Sufi, filial de Sacyr, que, según el extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas, se realizó como contrapartida a una donación a los populares.
