El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acordó ayer por unanimidad, tras casi seis horas de reunión, que suspenderá la sesión del Parlament del próximo martes solo si dicha investidura se pretende hacer en ausencia del candidato de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont. Asimismo, el tribunal de garantías reclama que, en caso de que acuda, debe hacerlo con autorización del juez.
Se trataría de una medida cautelar previa a admitir o no a trámite el recurso presentado por el Abogado del Estado contra dos actos concretos: el anuncio de investidura realizado el pasado día 22 por el presidente del Parlament, Roger Torrent, y la posterior convocatoria de un Pleno de investidura el próximo martes para debatir la investidura del citado candidato en concreto.
En esta línea, el Constitucional advierte expresamente al presidente del Parlament, Roger Torrent, y los demás miembros de la Mesa de la Cámara de las responsabilidades “incluidas las penales” en caso de no acatar la suspensión y seguir adelante con la investidura del expresidente catalán.
Autorización judicial
Tras la posición del Consejo de Estado contraria a la interposición del recurso, la solución alcanzada ayer por el tribunal de garantías permite superar las tesis contrarias a la admisión del recurso planteadas inicialmente por el ponente de la resolución, el magistrado progresista Juan Antonio Xiol.
Con todo, se logra además la unanimidad de todos los magistrados, evitando así romper la unidad que ha mostrado el Tribunal de garantías en todas sus resoluciones sobre el ‘procés’.
Concretamente, el Constitucional considera que para ser investido presidente de la Generalitat Puigdemont debe acudir personalmente a la Cámara y obtener antes autorización del juez.
Además, el Tribunal decidirá sobre la admisión a trámite una vez que haya oído a todas las partes y haya resuelto las dudas que han planteado sobre admisibilidad del recurso. Cabe destacar que se admite la personación de Puigdemont y los diputados de JxCat solo para que puedan ejercer su derecho de defensa como particulares.
La admisión a tramite implicará la suspensión de la propuesta, a la que ha apelado el Ejecutivo en virtud del artículo 161.2 de la Constitución. Esto implica que la decisión del TC, en caso de ser favorable a las aspiraciones del Gobierno, frustrará cualquier posibilidad de que Puigdemont sea presidente de la Generalitat. Es difícil pensar que los soberanistas quieran esperar cinco meses con la actividad parlamentaria paralizada.
