El Tribunal Constitucional decidió ayer mantener en la cárcel a Arnaldo Otegi mientras resuelve sobre el recurso de amparo que el exdirigente abertzale presentó, junto a otros inculpados, por el caso Bateragune. Los magistrados rechazaron la suspensión de la pena de prisión al estimar que «el mero transcurso del tiempo», único argumento utilizado por la defensa del exportavoz de Batasuna en su solicitud, «no es suficiente» para acordar la excarcelación.
La resolución supone, asimismo, el mantenimiento en prisión de otros tres condenados por esta causa, Miren Zabaleta, Arkaitz Rodríguez y Sonia Jacinto, según confirmaron representantes de la izquierda abertzale.
El asunto fue tratado este lunes por la Sala Primera del Constitucional que valoró también la gravedad del delito y el hecho de que la resolución del recurso presentado por Otegi es «inminente», lo que lleva a rechazar el argumento de la pérdida de la finalidad del amparo.
Se trata de la segunda ocasión en la que este Tribunal deniega la excarcelación al líder abertzale mientras resuelve sobre el fondo de este asunto. En junio de 2013, recordó que se le había condenado por un delito que afectaba a bienes jurídicos, considerados «esenciales», por lo que la suspensión podría implicar «una perturbación grave de un interés constitucionalmente protegido como lo es el legítimo interés público en el cumplimiento de las penas».
El expolítico fue condenado por el Supremo a seis años y medio de cárcel por pertenencia a organización terrorista en relación con el caso Batergune (punto de encuentro en euskera) que juzgaba el intento de reconstrucción de la Mesa Nacional de Batasuna, ilegalizada en aquel momento por la Justicia. Debido a ello, el exdirigente abertzale permanece en prisión desde octubre de 2009 (actualmente se encuentra recluido en la cárcel de Logroño), por lo que ya habría cumplido la mayor parte de su pena.
En mayo de 2012, el Tribunal Supremo rebajó de 10 a seis años y medio la pena impuesta a Otegi y al exsecretario general del sindicato LAB Rafael Díez Usabiaga por el delito de pertenencia a organización terrorista que les había puesto previamente la Audiencia Nacional, al considerar que no deberían haber sido condenados en grado de dirigentes.
Por otra parte, la Sala también redujo de ocho a seis años de cárcel la condena al resto de los acusados en la causa de Bateragune Miren Zabaleta, la extesorera del PCTV Sonia Jacinto y el exresponsable de Haika en Álava Arkaitz Rodríguez, que tras la decisión del Constitucional también seguirán en prisión.
Críticas a la decisión
«Nos han negado la libertad», se aseguró en una cuenta de Twitter que gestiona el entorno del exlíder de Batasuna, pocos minutos después de conocerse el fallo judicial. Además, se recordó que se ha rechazado su excarcelación, pese a haber cumplido tres cuartas partes de la pena. Asimismo, desde el mismo perfil de la red social se lanzó un aviso: «Podéis prolongar nuestro encarcelamiento, pero no podréis evitar la libertad de nuestro pueblo».
Doctrina Parot
La Audiencia Nacional rechazó ayer adelantar la salida de la cárcel del etarra Fernando del Olmo, condenado a más de 800 años de prisión, al que su puesta en libertad se trasladó a octubre de 2015 en aplicación de la sentencia del Tribunal de Estrasburgo que derogó la denominada doctrina Parot.
El pistolero fue miembro en los años ochenta del comando Vizcaya de ETA y fue penado por nueve asesinatos, seis crímenes frustrados, tenencia ilícita de armas e integración en organización terrorista. Cumple condena en la prisión almeriense de El Acebuche, tras ser detenido en 1991 junto a la también etarra Inmaculada Pacho Martín.
