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El BOP publica la ordenanza sobre reparto de publicidad

por Redacción
23 de noviembre de 2014
Ya no se podrá repartir publicidad a menos de 20 metros del Acueducto. /F.M.

Ya no se podrá repartir publicidad a menos de 20 metros del Acueducto. /F.M.

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El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado el texto de la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la distribución y reparto gratuita de Información, publicidad y propaganda con fines comerciales en la ciudad de Segovia, un documento aprobado por el pleno del Ayuntamiento el pasado mes de octubre.

Según informa el Ayuntamiento, en nota de prensa, a partir de ahora y hasta el 27 de diciembre permanecerá abierto el periodo para la presentación de alegaciones. El texto permanecerá expuesto en el Servicio de Urbanismo, Obras y Servicios (carretera de Palazuelos s/n), en el Tablón Municipal de edictos y en la página web municipal www.segovia.es.

El objetivo de esta Ordenanza es regular la distribución y reparto de manera permanente u ocasional, del material publicitario y promocional con fines comerciales en sus diversos formatos (folletos, octavillas, dípticos, flayers, volatinas…).

La ordenanza contempla un duro régimen sancionador. Tal es así, que, por ejemplo, el reparto gratuito de publicidad en la calle sin la correspondiente autorización municipal será considerado como una infracción muy grave a la normativa y supondrá multas de entre 601 y 900 euros y la prohibición del ejercicio de la actividad durante un año.

Fue la Agrupación de Industriales Hosteleros (AIHS) la que dio la voz de alarma, ante la proliferación “incontrolada” del reparto gratuito de publicidad en la vía pública, de las molestias que se generaban a los turistas y de la mala imagen que se estaba transmitiendo de la ciudad.

la Policía Local acreditó que se estaban produciendo también peleas entre los repartidores y que incluso algunos llegaban a situarse a las puertas de establecimientos de la competencia para desprestigiarlos ante los turistas.

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