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El juez rechaza la suspensión del interrogatorio del edil de Arroyo

por Redacción
21 de septiembre de 2014
en Castilla y León
El alcalde de Arroyo de la Encomienda

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El alcalde de Arroyo de la Encomienda (Valladolid), José Méndez Freijo, deberá comparecer mañana en el Juzgado de Instrucción número 1 para ser interrogado por un supuesto delito de usurpación de funciones, con motivo de la querella interpuesta por la asociación Arroyo Siglo XXI, al haber denegado el juez la suspensión de dicha testifical solicitada por el munícipe.

Aunque su letrado defensor, Javier Gómez de Liaño, justificó la suspensión en el hecho de que la admisión de la querella se encontraba recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial y no resuelta, el instructor entendió que tal circunstancia no producía efectos suspensivos y por ello acordó mantener el interrogatorio previsto, según informaron fuentes jurídicas.

Así, el regidor deberá comparecer ante el juez a partir de las 10.30 horas, y a él le seguirán, acusados de idéntico delito, los también ediles de IPAE y miembros de su equipo de gobierno Salverio Fernández Marcos, José Manuel Barrio Marco y María del Mar Redondo Rojo, a las 10.40, 10.50 y 11.10 horas, respectivamente.

Para los días 1 y 2 de octubre estaría prevista la toma de declaración del resto del equipo de gobierno municipal, a razón de cuatro testificales por día.

El Juzgado de Instrucción número 1 admitió a trámite antes del verano la querella que el referido colectivo interpuso por delitos de usurpación de funciones y prevaricación, al considerar la parte querellante que el munícipe viene usurpando el cargo desde hace ya diez meses desde que fuera condenado por el denominado ‘Caso Arroyo’ de corrupción urbanística.

El inicio de todo

La querella, dirigida contra el alcalde y los once miembros de Independientes por Arroyo (IPAE), fue presentada el pasado día 9 de junio por el referido colectivo, que ejerció como acusación popular en el juicio seguido en la Audiencia de Valladolid contra Méndez y que concluyó con la condena de éste a tres años de prisión y dieciséis de inhabilitación por delitos de prevaricación y cohecho.

El motivo de la misma obedecía al nulo éxito obtenido por las reiteradas peticiones de la asociación, tanto al secretario municipal como a miembros de su equipo de gobierno, para el cese inmediato del condenado, pese a que su condena esté recurrida ante el Supremo.Y es que Asociación Arroyo Siglo XXI, a través de su presidente y letrado en la presente causa, José María de la Red, advirtió de que, conforme a la reforma en 2011 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), el alcalde independiente estaría usurpando el cargo desde el pasado día 22 de noviembre de 2013, fecha en la que se conoció la sentencia, puesto que en dicho texto reformado se consideró tanto causa de inelegibilidad como de incompatibilidad la condena, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública cuando la misma estableció la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la inhabilitación absoluta o suspensión para empleo o cargo público.

Así, De la Red sostuvo que el munícipe se encontraría incurso en incompatibilidad para ostentar los cargos de alcalde y concejal, con lo que correspondería al Pleno, a través de su secretario municipal, la toma en conocimiento de la condena y, en consecuencia, la posterior remisión a la Junta Electoral Provincial de su baja y el alta, en su sustitución, del que le sigue en la lista electoral.

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