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La Guardia Civil denunció a 1.184 conductores la pasada semana

por Redacción
28 de agosto de 2013
Un agente de la Guardia Civil de Tráfico manda parar a un vehículo para realizar un control. / Ical

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico manda parar a un vehículo para realizar un control. / Ical

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Un total de 1.184 conductores han sido denunciados por la Guardia Civil de Tráfico en el transcurso de la campaña especial de control de tráfico que se ha desarrollado del 19 al 25 de agosto en las carreteras de la provincia de Segovia. Esa cifra supone que el 9,47% de los vehículos controlados fueron denunciados. A nivel regional, durante esa semana se realizaron un total de 156.506 controles a vehículos, de los que 9.864 (6,30%) fueron denunciados.

Durante la anterior campaña especial de velocidad en las carreteras de Castilla y León, del 8 al 14 de abril de 2013, se controlaron 142.335 vehículos, de los que fueron denunciados 6.230 (el 4,38%).

La Delegación del Gobierno en Castilla y León ha justificado la campaña señalando que la velocidad es un factor desencadenante de accidentes y, en todo caso, agrava sus consecuencias. Además, añade que evitar los excesos de velocidad mejora la fluidez de la circulación, y que si se respeta el límite de velocidad se facilita el mantenimiento de la distancia de seguridad. De igual forma, señala que la diferencia de tiempo, si se respetan los límites, no es significativa.

Del 1 de enero al 31 de julio del presente año se han producido 54 accidentes mortales en carretera, dando lugar a 67 personas fallecidas y 26 heridas graves en las carreteras de Castilla y León. En 9 de esos accidentes, la velocidad intervino como factor concurrente principal de los mismos.

En todo caso la velocidad excesiva es un agravante de las consecuencias de los accidentes. En el año 2012 fallecieron 3 peatones por accidente de tráfico en zona interurbana en Castilla y León.

Desde la Delegación del Gobierno en Castilla y León se insiste en que la velocidad tiene impactos muy significativos sobre el medioambiente, dado que el nivel de emisión de gases nocivos (fundamentalmente monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarbonos y material particulado), el consumo de combustible y el ruido emitido por los vehículos están directamente relacionados con la velocidad.

El consumo ideal de combustible de un vehículo se logra a una velocidad de 90 km/h. Si la velocidad aumenta a 120 km/h, el consumo se incrementa en un 30%.

La velocidad tiene un impacto muy importante en la calidad de vida de las zonas urbanas, donde los vehículos pueden interferir en el bienestar de los residentes y tener un impacto muy negativo sobre la seguridad de peatones, ciclistas y otros usuarios vulnerables de las vías.

La directiva de la UE influirá en las infracciones

La largamente esperada legislación sobre aplicación transfronteriza se publicó el 19 de marzo del año 2008. El objetivo principal de tal Directiva será el de establecer un sistema de comunicación y transmisión de las resoluciones administrativas o judiciales relativas a infracciones de tráfico. Esta sería aplicable a medidas de aplicación en materia de seguridad vial, en las áreas prioritarias de exceso de velocidad acompañado de conducir en estado ebrio y la falta de uso del cinturón de seguridad, para el tráfico no residente. Queda limitada a la aplicación transfronteriza y no afectará la aplicación de las mejores prácticas en los Estados Miembros.

Este nuevo objeto legislativo debería reforzar la responsabilidad de los conductores no residentes con respecto a sus infracciones por exceso de velocidad. Los conductores «extranjeros» representan alrededor del 5% del tráfico rodado en la UE mientras que la participación de los conductores no residentes en las infracciones por exceso de velocidad está en un promedio del 15%. Por tanto, los conductores no residentes están implicados en relativamente más infracciones que los conductores residentes. Esto se explica por el sentimiento de impunidad que llega cuando se cruza la frontera. Es precisamente esta impunidad a la que condena la nueva propuesta.

En el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial y Reglamento General de Circulación se tipifica como infracción grave o muy grave la conducción de vehículos no respetando los límites de velocidad reglamentariamente establecidos.

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