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El fiscal vuelve a desestimar que la Infanta Cristina deba ser imputada

por Redacción
15 de noviembre de 2013
en Nacional
Anticorrupción considera que la duquesa no cooperó con su marido.

Anticorrupción considera que la duquesa no cooperó con su marido.

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Nuevo capítulo del culebrón interminable del caso Nóos. La Fiscalía presentó ayer un escrito ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma en el que se opone a la imputación de la Infanta Cristina, al considerar que los indicios que pesan sobre ella son «meras conjeturas o sospechas que no constituyen elementos válidos de imputación». Así, el juez Castro debe decidir en breve si acuerda o no la imputación de la duquesa por un presunto delito fiscal y de blanqueo de capitales, o si archiva definitivamente las pesquisas en torno a la mujer de Iñaki Urdangarín.

En el documento, Pedro Horrach deja sin embargo las puertas abiertas a que la hija del Rey Don Juan Carlos pueda ser condenada al pago de las responsabilidades civiles derivadas de haberse lucrado presuntamente de los fondos ilícitos recibidos por Aizoon, mercantil propiedad de la pareja, que recibió ingentes cantidades del entramado Nóos, abastecido a su vez con los fondos públicos de Baleares y la Comunidad Valenciana.

Se da la circunstancia de que el Ministerio Público entregó las 29 páginas de la decisión antes de que la Agencia Tributaria (AEAT) y el Grupo de Delincuencia Económica de la Policía Nacional incorporen a la causa los últimos datos que resta por presentar en torno a la gestión de Aizoon. Una vez estos papeles obren en poder del magistrado, éste consultará a las acusaciones para que se pronuncien sobre la pertinencia de citar o no a Doña Cristina al banquillo.

reformas de la casa. Asimismo, el fiscal apela a la «inexistencia absoluta de indicios de criminalidad» por parte de la esposa del exbalonmanista, a pesar de que las pesquisas apuntan a que el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con el posible conocimiento del origen delictivo de los fondos por parte de la Infanta, de lo que se deduciría la comisión de un presunto delito de blanqueo de capitales.

En este sentido, Horrach descarta que la hija del Rey «conociese los presuntos delitos de malversación, prevaricación, fraude a la administración, tráfico de influencias, receptación, falsedades documentales y delitos contra la Hacienda Pública que son objeto de imputación a su cónyuge», por lo que no se le podría achacar ninguna actuación delictiva.

Además, asevera que ninguno de los imputados y testigos a quienes se ha tomado declaración citó a la Duquesa de Palma «como conocedora de las irregularidades referidas al Instituto Nóos o a su marido», y entre estos interrogatorios menciona los del asesor externo de la Casa Real, José Manuel Romero, y el secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga.

«Ni en una ni en otra declaración se habla de irregularidades y, mucho menos, de actividades delictivas», recalca el fiscal, quien asevera así que «carecería de sentido convocar a alguien como imputado a sabiendas de que, salvo que admitiera expresamente su responsabilidad penal, se debería acto seguido sobreseer la causa en cuento al mismo». De esta forma, hace suyas las palabras que vertió el juez Castro en uno de sus autos, fechado en marzo de 2012.

Es más, recalca que los gastos personales -en electrodomésticos, vinos, organización de eventos, libros, vídeos y otros- supuestamente imputables a la Infanta ascienden a 17.333 euros en 2008 y a 11.124 en 2009, de lo que «no puede deducirse sin más» la existencia de un delito de blanqueo de capitales, afirmando, además, que se trata de cantidades «ínfimas» en comparación con las cuotas presuntamente defraudadas por Urdangarín y con los ingresos globales que percibía Aizoon.

También incide en que no puede considerarse a Doña Cristina cooperadora en los delitos en que habría incurrido su marido «por el solo hecho de ser socio no administrador de una sociedad».

Asimismo, Horrach insinúa que si cualquier ciudadano tuviera indicios o constancia «de una actuación ilícita de encubrimiento por parte de este fiscal, debe acudir a las instancias judiciales correspondientes y denunciarlo».

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