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Impotencia y dolor

por Redacción
1 de septiembre de 2013
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Después de ocho años del trágico suceso en el que una segoviana falleciera tras caer por una ventana, en extrañas circunstancias, en un hospital madrileño en el que iba a ser intervenida de una hernia de disco, la familia estudia recurrir a la vía civil después de que un fallo judicial por la vía penal haya absuelto a las profesionales encargadas de vigilarla. Según ha explicado la familia a esta Redacción, el juicio ha sido un cúmulo de irregularidades y contradicciones, entre las versiones de unos y otros, dentro de un proceso “muy doloroso”, que ha concluido “sin justicia” para los afectados.

Los hechos se remontan a marzo de 2005, cuando la mujer segoviana ingresó en el centro hospitalario para ser intervenida, habiendo avisado la familia al hospital de que debía estar acompañada por sus familiares en todo momento, al sufrir una depresión. Los cuatro primeros días en que estuvo ingresada en la séptima planta no hubo ningún problema, y en todo momento permaneció acompañada por su marido o alguno de sus hijos. Al quinto día, según señalan los familiares, ingresan a otra paciente en la misma habitación y, a partir de ese momento, cada vez que las enfermeras de la planta tienen que entrar a ver a esa nueva enferma requieren a los familiares de la mujer segoviana a que abandonen la sala. La mañana del día 31 de marzo el marido de la paciente segoviana insistió de nuevo en que quería entrar a la habitación para estar con su mujer, y le impidieron el paso, según su relato, porque estaban tratando a la otra enferma que también ibann a operar, “y me dijeron que con tres enfermeras no hace falta que esté”. “ A los cinco minutos un médico me avisó de que mi esposa había caído por la ventana”, apunta el marido, quien denuncia que las ventanas no solo no tenían cierre, sino que, al estar estropeado el aire acondiciondo, se encontraban abiertas.

La familia denunció el caso en el Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid, acusando a las enfermeras de un delito de homicidio imprudente por negligencia profesional, concluyendo la sentencia con la absolución de las profesionales, al aplicarse el principio in dubbio pro reo, “por el que no podemos atribuir a la versión del denunciante una mayor credibilidad que a la de las acusadas, y por consiguiente no se logra una satisfactoria convicción acerca de la veracidad del extremo de la imputación”.

Las enfermeras, según establece la sentencia, siempre han declarado que nunca impidieron al marido que permaneciera en la habitación, mientras trataban a la otra enferma. La familia recurrió la sentencia, desestimándose de nuevo, al “no haberse podido probar los hechos”.

El marido de la fallecida denuncia irregularidades en el proceso judicial, como haber llamado a declar a una señora, que se supone era la compañera de habitación de su esposa, y que en realidad se trata de otra paciente que estaba en otra planta.

Y mientras la familia sigue sufriendo, después de ocho años, lo que consideran “una injusticia”, y estudian la posibilidad de recurrir ahora a la vía civil.

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Edición digital del periódico decano de la prensa de Segovia, fundado en 1901 por Rufino Cano de Rueda

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