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Las familias pueden solicitar plaza escolar entre el 4 al 15 de abril

por Redacción
27 de marzo de 2013
en Segovia
Las familias tienen que hacer en abril los trámites para que los niños puedan iniciar el curso en septiembre. / Juan Martin

Las familias tienen que hacer en abril los trámites para que los niños puedan iniciar el curso en septiembre. / Juan Martin

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La Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León ha aprobado la Orden por la que se desarrolla el nuevo decreto que regula el proceso de admisión de alumnos en Castilla y León. Está previsto que el plazo de presentación de solicitudes de plaza abierto para las familias transcurra entre el día 4 y el 15 de abril de 2013, es decir, durante el periodo de vacaciones de Semana Santa, que concluyen el 8 de abril.

Durante este plazo los institutos de Educación Secundaria, que son los centros que más solicitudes reciben, permanecerán abiertos. La normativa prevé igualmente un periodo extraordinario de admisión que se realiza durante los meses de verano y señala que los listados de adjudicación mediante los que se resuelve el proceso ordinario de admisión se publicarán el 20 de junio.

La orden, que se publicará hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), ya será de aplicación al proceso de admisión para el curso 2013-2014 y está orientada, según han señalado fuentes de la Consejería de Educación, “por los principios fundamentales de incrementar la efectividad de la libre elección de centro y garantizar la máxima equidad en la participación del alumnado en el proceso, recoge múltiples novedades respecto a su predecesora”.

La reducción del número de zonas de influencia, que ya comenzó el pasado curso, adquiere un carácter estructural a través del concepto de ‘unidad territorial de admisión’, cuyos límites generalmente coincidirán con los del municipio, lo que concede a las familias más libertad real de elegir un centro docente de su localidad, independientemente del barrio en que residan. La Junta considera que es “una gran mejora sobre todo para las familias residentes en zonas en las que la oferta educativa era menor o estaba condicionada por circunstancias socioeconómicas o culturales, ya que en numerosas ocasiones la antigua zonificación les impedía optar a otros centros que no fuesen los preestablecidos, con el consiguiente riesgo de formación de ‘guetos educativos’”.

Además, en el ámbito rural podrán conformarse unidades territoriales de admisión, si así se requiere, con varias localidades, con objeto de garantizar a la población escolar rural la oferta educativa en las enseñanzas obligatorias y de bachillerato, así como servicios complementarios al educativo.

La Administración educativa ha revisado el procedimiento de determinación del criterio complementario que pueden incluir los centros docentes para baremar las solicitudes. Este criterio seguirá siendo marcado por los propios centros de entre una batería de posibles aspectos puntuables establecida por la Consejería de Educación para evitar la excesiva heterogeneidad de fondo y forma de estos criterios, que hasta ahora se vinculaban con una admisión ‘a la carta'», ha insistido la Consejería.

Además, no podrá dar puntos el hecho de haber estado escolarizado en enseñanzas no sostenidas con fondos públicos, como el primer ciclo de educación infantil, “ya que esta posibilidad suponía un agravio comparativo para las familias que no podían o no querían recurrir a una escolarización no gratuita”, según la Junta.

En la revisión de los criterios de puntuación destaca una valoración de las rentas bajas que multiplica más de cuatro veces su peso anterior. Asimismo, se reduce el peso del expediente para el acceso a las enseñanzas de bachillerato, atenuando la posibilidad de que el alumnado con mejores notas se concentre en unos pocos centros.

La Consejería ha destacado particularmente la necesidad de que el alumnado de 4º de Secundaria participe en el proceso de admisión para acceder a enseñanzas de bachillerato, aún en su mismo centro, siempre que la modalidad que pretenda cursar no se imparta en todos los centros con bachillerato de su misma unidad territorial.

Este cambio “surge como respuesta a las medidas de racionalización del gasto en el ámbito educativo, y pretende que el alumnado que no disponga en su centro actual de la modalidad de bachillerato que pretende cursar pueda acceder a otros centros que sí la impartan en igualdad de condiciones que el alumnado ya escolarizado en ellos”, de acuerdo a la comunicación de Educación.

La nueva normativa de admisión busca también dar mayor presencia al compromiso informativo de los centros docentes con las familias, mediante la difusión de la información básica de cada centro a través de sus tablones de anuncios y páginas web, y al compromiso de participación responsable de las familias con los centros solicitados, mediante la conformidad con el proyecto educativo del centro y la liberación de la plaza actualmente ocupada por el alumno en caso de que se le adjudique una solicitada.

Además, la unificación de las antiguas fases de ‘reserva de plaza’ y ‘libre elección’ permite acortar la duración del proceso de admisión a casi la mitad y facilita la participación de las familias, que dispondrán de una única solicitud y la presentarán, con la documentación que aleguen, dentro de un único plazo.

La simplificación del proceso, no obstante, tiene en cuenta la garantía de plaza escolar para el alumnado que se vea obligado a cambiar de centro para iniciar o proseguir su enseñanza obligatoria (caso del alumnado que egrese de escuelas de segundo ciclo de educación infantil hacia enseñanzas de educación primaria, o de colegios de educación primaria hacia institutos de educación secundaria).

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