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El Supremo no admite a trámite la querella impuesta contra Carlos Dívar

por Redacción
14 de junio de 2012
en Nacional
Carlos Dívar

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El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó ayer, por 11 votos a cuatro, no admitir a trámite la querella por malversación de fondos públicos que presentó la asociación de juristas Preeminencia del Derecho por los viajes de fin de semana de hasta cuatro días, la mayoría a Marbella, que habría realizado Carlos Dívar con cargo al presupuesto del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Pleno decidió por mayoría no encausar al mandatario, aunque los magistrados José Manuel Maza, Perfecto Andrés, Joaquín Giménez y Alberto Jorge, favorables a la admisión de la querella, emitieron votos particulares. Se quedó fuera el juez Francisco Monterde para sortear una eventual contaminación de todo el tribunal en el caso de que el pleito hubiera sido admitido a trámite y hubiera sido necesario buscar un instructor imparcial.

La reunión comenzó las deliberaciones a las 11,00 horas, días después de que la Sala de Admisiones del Alto Tribunal le elevara la decisión de admitir a trámite la reclamación por el presunto uso de fondos públicos para gastos privados. El Pleno anunció su decisión al filo de las 14,15 horas, poco después de conocerse que cinco vocales del órgano de gobierno de los jueces querían pedir la dimisión de su presidente en una sesión que se celebraría en el plazo de 72 horas. En todo caso, antes de que Dívar presida el próximo lunes junto al Rey Don Juan Carlos los actos del Bicentenario de la creación del Tribunal Supremo.

Esta maniobra anularía por completo el movimiento realizado por Dívar, que ha convocado a iniciativa propia un Pleno extraordinario para el próximo 21 de junio para analizar la situación en la que se encuentra el CGPJ.

La reunión del Pleno de lo Penal se mantuvo pese a que la asociación, presidida por el letrado José Luis Mazón, interpuso una querella para investigar 32 viajes. El total cargado al CGPJ por los viajes se acercaría a los 28.000 euros.

El Ministerio Público no ve delito porque pagó parte de sus desplazamientos y la normativa no le obligaba a justificarlos. Llega a afirmar que Dívar fue acomodándose «caso por caso, viaje por viaje, a las exigencias derivadas de las funciones que le correspondía desempeñar». El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín-Casallo, señaló que en este caso no cabe estafa, como apuntaban inicialmente los querellantes, sino malversación de caudales públicos (art. 432 del Código Penal), una conducta que requiere ánimo de lucro para ser delictiva.

Además, el teniente fiscal resaltó que en el caso de autoridades como Dívar, que son de «jerarquía máxima», y a diferencia de lo que ocurre con los funcionarios, existen unos «límites más imprecisos, más borrosos, en los que a veces resulta muy difícil de separar o de delimitar la actividad pública de la privada».

Preeminencia del Derecho presentó primero una denuncia, que fue archivada posteriormente y la transformó en querella por no considerar suficientemente justificados los gastos por casi 13.000 euros que Dívar cargó al órgano de gobierno de los jueces en relación con estos viajes, realizados entre septiembre de 2008 y principios de este año.

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