La Audiencia Nacional impuso ayer a miembros de ETA la condena de prisión más alta de la Historia de España por un atentado terrorista: 3.860 años de cárcel para cada uno de los tres etarras que en 2009 hicieron estallar un coche bomba junto a una casa-cuartel de la Guardia Civil en Burgos.
Daniel Pastor Alonso, Íñigo Zapirain Romano y Beatriz Etxebarria Caballero, miembros del comando Otazua de la banda, fueron declarados culpables de 160 asesinatos en grado de tentativa (3.840 años) y un delito de estragos terroristas (20 años). Cuando los 700 kilos de explosivo que llevaba el vehículo estallaron, 118 personas, de las cuales 41 eran niños, se encontraban en el edificio.
Los jueces Alfonso Guevara, Guillermo Ruiz Polanco y María Ángeles Barreiro consideran en su sentencia que los tres etarras cometieron el atentado siguiendo órdenes del entonces jefe militar de la banda, Mikel de Kabikoitz, alias Ata, y que tenían la intención de atentar mortalmente contra el mayor número de personas.
Según narra el auto, está probado que, antes del atentado, los etarras se desplazaron a la capital castellana para recopilar datos sobre la casa-cuartel, situada en la avenida de Cantabria. Así, localizaron el mejor lugar para instalar la furgoneta cargada con 700 kilos de amonal y tomaron los datos de matrículas de vehículos que solían aparcar en las inmediaciones, que fueron dobladas en Francia.
Ata les facilitó un vehículo que había sido sustraído en abril de 2009 en la localidad francesa de Pevrat Le Chateau y que los terroristas pintaron para simular el automóvil de un vecino de Burgos. A las cuatro de la madrugada del 29 de julio de 2009, la furgoneta, colocada junto a la casa-cuartel, explotó causando 160 heridos de diversa consideración, así como daños valorados en más de 15 millones de euros.
También se vieron afectados una comisaría de Policía Local, un edificio de Tráfico y la sede de los Bomberos, que tuvieron que realizar reparaciones por 263.133 euros, así como el Hospital Divino Vallés y el General Yagüe, que sufrieron daños por importe de 39.074 euros.
La sentencia destaca los testimonios de varios peritos que calificaron la explosión como «aterradora», ya que dejó «el edificio derruido por arriba y por abajo». El cráter provocado alcanzó los 1,8 metros de profundidad y 16 de diámetro.
Los magistrados ponen de manifiesto que en los edificios afectados vivían un total de 263 personas. «Aunque esa noche no estuvieran todos los residentes, es manifiesto que en el ataque emerge la finalidad de causar daños a la integridad física de todos sus ocupantes», indica la resolución.