Ciudadanos al pleno

El procedimiento que regula la intervención ciudadana tras las sesiones plenarias ha sido publicado en el Boletín de la Provincia

Los segovianos podrán dirigirse a la corporación , y especialmente al equipo de Gobierno, a través de un turno de consultas que fue aprobado el pasado junio y cuya regulación se ha publicado esta semana en el Boletín Oficial de la Provincia. Las cuestiones a plantear tendrán que ser de interés general municipal y solo aquellas que no puedan tramitarse a través de los otros cauces habilitados desde el área de Participación Ciudadana.
Entre otros temas, los ciudadanos pueden llevar al pleno municipal informaciones sobre la actividad del Ayuntamiento, alegaciones y sugerencias en trámite de información pública, ejercer el derecho de petición (regulado en el artículo 8 del Reglamento municipal de Participación Ciudadana), ejercer asimismo la iniciativa popular y la iniciativa ciudadana (artículos 10 y 11), así como la presentación de quejas, reclamaciones y sugerencias en general.
La solicitudes para realizar estas consultas deben presentarse durante los diez primeros días naturales del mes y por escrito en el Registro electrónico del Ayuntamiento de Segovia. El solicitante debe hacer constar sus datos, incluyendo un teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico. En el cuerpo de la solicitud se indicará el objeto de la intervención, con el mayor detalle posible, ya que en la comparecencia posterior ante la corporación el interesado debe limitarse a la lectura de lo reseñado allí.
Estas solicitudes pueden presentarse a título individual o en representación de colectivos o asociaciones, identificando en estos casos la persona que tomará la palabra ante el pleno.
Será la Concejalía de Participación Ciudadana la que declarará la admisión o no de las peticiones de intervención en las sesiones plenarias.
Para facilitar una mayor y más variada participación de los ciudadanos, se ha limitado a res el número máximo de consultas autorizadas en cada pleno, aunque excepcionalmente podrán ampliarse por acuerdo de la Junta de Portavoces hasta un máximo de cinco. También se limita el número máximo de consultas de un mismo interesado a una por cuatrimestre.
En el caso de que se presenten varias solicitudes sobre un mismo asunto, podrán acumularse en una única petición a efectos de realizar una única contestación. La lectura en este caso se realizará por acuerdo entre los solicitantes, que consensuarán un texto único. De no producirse acuerdo, la intervención de cada uno se realizará atendiendo al orden de entrada en el Registro.
Las intervenciones en el pleno, que se realizarán en el hemiciclo y no en la tribuna, no podrán superar los tres minutos. Estas actuaciones no constarán en acta porque se desarrollarán después de la sesión ordinaria.